Consumir cannabis es parte de la vida cotidiana de un porcentaje importante de la población. En Cataluña, unas dos cien mil personas lo consumen habitualmente. Las razones para consumir son muchas y muy diversas: relajarse, evadirse, obtener sus propiedades terapéuticas, inspirarse, entre otras. A veces, los hábitos de consumo acaban conllevando que el consumo de cannabis, y sus efectos, acompañen siempre al consumidor, es decir, fuma en casi todas las ocasiones y en casi todos los espacios sociales. Y por descontado, también en el trabajo. Fumar en el trabajo, más allá de ser un indicador de un consumo prolongado en el tiempo, puede conllevar distintos riesgos. Es obvio que no todos los trabajos son iguales y no todos los consumos se asocian a los mismos riesgos. Veámoslo.
Primero de todo, tenemos que conocer si en nuestro trabajo se nos permite consumir o no. No es lo mismo trabajar en una empresa de construcción en que la normativa de prevención de riesgos laborales prohíbe explícitamente el consumo de cannabis que trabajar de forma autónoma en casa realizando tareas de diseño gráfico. En el primer caso, el consumo de cannabis es una vulneración de la normativa laboral que nos puede conllevar el despido si se detecta que consumimos o tenemos signos evidentes de haberlo hecho. En este caso, el despido sería procedente y la indemnización que recibiríamos sería pírrica. Es cierto que en muchas empresas se forma el grupo de fumetas y entre ellos nace un sentimiento recíproco de complicidad y solidaridad. Es cierto que las drogas hermanan, pero siempre hemos de tener presente a qué nos arriesgamos si fumamos en el trabajo. Más allá de esta cuestión, encontramos la dimensión del rendimiento. Quizá los superiores no pueden reconocer ni sospechan de que estamos bajo los efectos del cannabis, pero si nuestra eficacia es baja rápidamente tendremos problemas. Hay personas cuyo rendimiento no se ve afectado por estar bajo los efectos del cannabis, sino al contrario, eso les ayuda a concentrarse. Esto quiere decir que nos tenemos que conocer muy bien para saber cómo nos afecta el cannabis en la ejecución de las tareas laborales. Otro debate es saber qué consecuencias conlleva consumir todo el día, pero eso es harina de otro costal.
En el segundo caso, es obvio que, si uno mismo es su propio jefe y trabaja en solitario, el mero consumo no le provocará problemas como el despido, pero sí nos puede afectar el rendimiento y sobre todo catalizar el aislamiento. Trabajar en casa puede ser una invitación al consumo. Si percibimos que fumamos más de lo que quisiéramos durante la jornada laboral, hemos de establecer unos hábitos de consumo que compatibilicen rendimiento con cannabis. Una opción, más allá de reducir el consumo, es optar por presentaciones poco psicoactivas, e incluso, fumar cannabis light, es decir, un cannabis rico en CBD y bajo en THC. Fumaremos pero no nos colocaremos. Esto nos permitirá obtener el sabor del cannabis, tan apreciado por la mayoría de los consumidores, sin obtener un globo que nos inhabilite durante un rato la capacidad de trabajo. Y ni decir tiene que siempre es mejor vaporizar que fumar. Y no hemos de olvidar que los trabajadores de empresas o asociaciones en las que el consumo de cannabis está permitido están más expuestos a riesgos. Por el simple hecho de que nos dejen fumar en el trabajo no quiere decir que tengamos que fumar obligatoriamente. Intensificar el consumo, y fumar casi por compromiso social, es el primer paso para presentar problemas. Si el contexto es demasiado poderoso y nos obliga a fumar demasiado, podemos optar por presentaciones poco psicoactivas, o incluso plantearnos cambiar de trabajo.
Consumir cannabis (y otras drogas) en ciertos trabajos puede tener consecuencias penales, es decir, nos pueden meter en prisión. Sí, tal como suena. Sobre todo en aquellos trabajos en los que tenemos la seguridad de otras personas en nuestras manos: piloto de avión, chófer de autobús, conductor de trenes, taxista, entre otros. Y ojo: no es lo mismo transportar población general que población vulnerable, como es el caso del transporte escolar. Detectar a alguien bajo los efectos del cannabis en dichos trabajos es un delito penal y en función de diferentes variables la pena es mucho más grave. Cuando tenemos en nuestras manos la seguridad de otras personas, no solo es un acto ilegal sino que por responsabilidad personal nos tenemos que abstener de consumir. Si no puedes ejecutar este tipo de trabajos sin consumir, quizá sería adecuado que contactaras con servicios especializados. Los profesionales te sabrán dar respuesta.
Quienes os ganáis la vida con el carnet de conducir tenéis que estar al quite. La Ley de tráfico es especialmente punitiva con los consumidores de drogas fiscalizadas. Mientras que con el alcohol existe un umbral a partir del cual se considera que no se está en condiciones adecuadas para conducir, con la consiguiente multa y retirada de puntos, con las otras drogas no existe ningún umbral. La mera presencia de metabolitos de una sustancia implica automáticamente la retirada de seis puntos del carnet y una multa de mil euros. Se asume que una presencia anecdótica ya inhabilita las capacidades psicomotoras y cognitivas del conductor.
Por lo tanto, por dos veces que os detecten presencia de cannabis en el cuerpo las autoridades os retirarán el carnet, es decir, se os prohibirá ganaros la vida del modo en que lo hacíais. Y eso sí que será un quebradero de cabeza de verdad. Si trabajáis por cuenta ajena a buen seguro que seréis despedidos, y de forma procedente, porque no estaréis en condiciones de ocupar vuestro puesto de trabajo debido a una causa injustificada. En el caso del cannabis, el agravio es superlativo porque al ser liposoluble la presencia dura, en consumidores habituales, unos treinta días, lo que conlleva que el famoso Drogotest lo detecte hasta tres días más tarde del último consumo.
Y el último punto a tener en cuenta en la relación entre el consumo de cannabis y el trabajo son los controles de drogas aplicados por las empresas. Cada vez más empresas, especialmente las grandes multinacionales, están utilizando controles de drogas, a veces periódicos y aleatorios, a veces solo en el momento de incorporarse al puesto de trabajo. Existe cierta controversia jurídica sobre su legalidad, a excepción de aquellos trabajos en los que el trabajador tiene en sus manos la seguridad de otras personas, aunque las corporaciones se amparan en su política de empresa y no admiten ninguna enmienda por parte del trabajador. O se pasa por el tubo o se toma la puerta. Las empresas que utilizan estos tipos de controles se quieren asegurar “un contexto laboral sin drogas”. Si consumimos, es probable que tarde o temprano la empresa nos abra un expediente sancionador que puede acabar con el despido.
En definitiva, si realizamos trabajos en los que está prohibido el consumo deberemos extremar las precauciones para evitar problemas. Y tanto si está permitido como si no, hemos de regular dicho consumo en contextos laborales porque, si fumamos en el trabajo, aún fumaremos más en el ocio, y ¿quizá sea demasiado humo?
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